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Licenciement

Externalización de servicios - Outsourcing. Causa válida de despido

El Tribunal Supremo ha confirmado que puede justificarse un despido colectivo por sobredimensión de la plantilla de trabajadores a través de la externalización de servicios.

En el caso enjuiciado, la Empresa había sufrido fuertes pérdidas durante diversos años por caída de la demanda y decidió externalizar una parte de la actividad a fin de reducir costes. Se trataba de la externalización de los servicios de limpieza y mantenimiento para conseguir un ahorro que compensara las pérdidas y la caída de ventas y consiguiente falta de ocupación efectiva de los trabajadores.

El despido colectivo quedó justificado por causas económicas y organizativas.

Aportación al Tesoro Público en casos de despido colectivo de trabajadores de 50 o más años en empresas con beneficios

En la Sentencia del 5/06/2015, la Audiencia Nacional ha interpretado lo dispuesto en el Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre y ha aclarado que la inclusión de los trabajadores despedidos en los 3 años anteriores al inicio del período de consultas para tener en cuenta la obligación empresarial de aportación al Tesoro público, cuando ésta, aún teniendo beneficios, realiza un despido colectivo que incluye a trabajadores de 50 o más años, no atenta contra la seguridad jurídica de la empresa, ni comporta la aplicación retroactiva de una norma restrictiva de derechos. Respecto a las extinciones computables, las transacciones judiciales o extrajudiciales de despidos disciplinarios u objetivos, no alteran la naturaleza del mismo.

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